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POLÍTICA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO

Es política de FF fomentar, mantener y promover la igualdad de oportunidades de empleo, donde el empleo se basa en capacidades y calificaciones personales sin distinción de raza, color, credo, religión, origen nacional, afiliación política, edad o sexo, o cualquier otro. característica protegida según lo establece la ley.

Esta política de Igualdad de Oportunidades en el Empleo se aplica a todas las políticas y procedimientos relacionados con el reclutamiento y la contratación, la compensación, los beneficios, el despido y todos los demás términos y condiciones de empleo.

El Director Ejecutivo tiene la responsabilidad general de esta política y mantiene procedimientos de presentación de informes y seguimiento. Las preguntas o inquietudes de los empleados deben remitirse al Director Ejecutivo.

NO DISCRIMINACIÓN Y ANTI-ACOSO

La Agencia FF y la Junta Directiva se comprometen a proporcionar un ambiente de trabajo en el que todas las personas sean tratadas con respeto y dignidad. Cada individuo tiene derecho a trabajar en un ambiente profesional que promueva la igualdad de oportunidades laborales y prohíba prácticas discriminatorias, incluido el acoso. Por lo tanto, FF espera que todas las relaciones entre las personas en el lugar de trabajo sean profesionales y libres de prejuicios, prejuicios y acoso.

Es política de FF garantizar la igualdad de oportunidades de empleo sin discriminación ni acoso por motivos de raza, color, origen nacional, religión, sexo (con o sin conducta sexual), edad, discapacidad, [estado de extranjería o ciudadanía, estado civil, credo , predisposición genética o condición de portador, orientación sexual] o cualquier otra característica protegida por la ley. La Agencia FF prohíbe y no tolerará dicho tipo de discriminación o acoso.

Los siguientes tipos de comportamiento pueden considerarse formas de acoso:

1. Solicita que un empleado acepte insinuaciones sexuales como base para tomar decisiones laborales. Por ejemplo, “si no sales conmigo te despido” o “si sales conmigo te daré ese aumento que estabas buscando”.

2. Otros avances o proposiciones de carácter sexual

3. Coqueteo sexual no deseado

4. Declaraciones sexuales gráficas sobre el cuerpo de un individuo.

5. Usar palabras sexuales degradantes para describir a un individuo

6. Gestos de naturaleza obscena o sexualmente sugerente.

7. Tocar u otro contacto físico con una persona que no es bienvenido

8. Carteles, fotografías, dibujos animados, juguetes u objetos de carácter sexual.

9. Miradas lascivas o fijas que resulten ofensivas

10. Comentarios hostiles hacia los empleados en el lugar de trabajo por su género.

11. Contar chistes raciales, étnicos, de edad, de discapacidad u otros chistes degradantes.

12. Hacer insultos raciales, étnicos y otras formas de insultos degradantes.

13. Realizar amenazas o intimidaciones basadas en una categoría protegida por la ley aplicable

14. Posesión de material escrito o gráfico hostil en el lugar de trabajo.

Esta lista no pretende ser exhaustiva ni exhaustiva. Está prohibido todo tipo de comportamiento ofensivo, hostil e intimidante.

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